Familias beneficiarias de IMV amenazadas con ser multadas por no haber hecho declaración IRPF 2020… ¡que no tenían obligación de hacer!

Nota de prensa de RMI TU DERECHO: aquí

Resumen:

La normativa que rige el IMV, RDL 20/2020, establece la obligación NO FISCAL, sino a efectos de IMV exclusivamente, de presentar declaración de IRPF para todas las familias beneficiarias de IMV, pero no para las personas solicitantes. Cuando una familia obtiene el IMV lo habitual es que no haya hecho declaración de la renta por estar exenta fiscalmente de ello por carencia de ingresos y porque hasta ese momento tampoco tenía obligación a efectos de IMV por ser solicitante, pero no beneficiaria. El plazo para presentar declaraciones de IRPF 2020 se cerró el 30 de junio de 2021.

Pues bien, las comunicaciones de la Seguridad Social (INSS) informando de la concesión del IMV posteriores al 30 de junio de 2021 están siendo acompañadas por el requerimiento a acreditar la presentación de declaración IRPF 2020, que, como hemos explicado antes, no era algo obligatorio para estas familias ni a efectos fiscales, por estar exentas, ni a efectos de IMV por no ser beneficiarias de éste durante el periodo de declaración.

Una vez que la familia afectada se dirige al INSS y le indica que cuando se podía hacer la declaración no estaba obligada a ello y que ahora, cuando se le exige que lo haga, el plazo está cerrado, por lo que la obligación de hacer declaración IRPF sólo puede entenderse razonablemente respecto al primer periodo de declaración que se abra posterior a la concesión de IMV, la respuesta recibida es que acreditar declaración IRPF 2020 es obligatorio y que se apañen con la AEAT sobre las condiciones en qué se puede «efectuar una declaración extemporánea». Y una vez consultada la AEAT contestan que se puede hacer una declaración fuera de plazo pero pagando una sanción de 200 euros.

Esto es, ponen a la familia entre la espada y la pared: o pierde el IMV por incluir una supuesta obligación (que en realidad no lo era) o paga una multa de 200 euros. En un país en que los grandes defraudadores salen de rositas a través de regularizaciones y amnistías fiscales. Otro ejemplo más del maltrato institucional que están recibiendo las familias que necesitan respaldo social y a las que se está dejando atrás sin escrúpulos.

Ago 18, 2021

Campaña Renta Mínima de Insercción, tu derecho

¿Qué es la Renta Mínima de Inserción (RMI)?

¿Qué es la Renta Mínima de Inserción (RMI)?

La RMI es una prestación de la Comunidad de Madrid, vigente desde 2002 y establecida por la Ley 15/2001, desarrollada a través de un Reglamento más preciso. El objetivo declarado en esa ley sería...

Formulario de preguntas. Recuerda que somos un colectivo solidario que no forma parte de ninguna institución.