La RMI es una prestación de la Comunidad de Madrid, vigente desde 2002 y establecida por la Ley 15/2001, desarrollada a través de un Reglamento más preciso.
El objetivo declarado en esa ley sería doble: garantizar a quienes lo necesiten unos ingresos básicos para que la unidad familiar pueda satisfacer las necesidades básica de la vida y prestar apoyo a la inserción social y laboral.
La RMI sólo se concede a una persona por unidad de convivencia (persona titular), pero debe utilizarse para el mantenimiento de toda ella. Es una prestación de último recurso, en el sentido de que para obtenerla y conservarla es obligatorio solicitar cualquier otra prestación a la que se pueda tener derecho.
La solicitud de la RMI se hace en los centros de servicios sociales municipales, pero la decisión corresponde a la Comunidad de Madrid.
Respecto a los objetivos declarados por la Ley 15/2001, su cumplimiento práctico es muy deficiente:
- Los ingresos que garantiza la RMI no son suficientes para garantizar el acceso a las necesidades básicas, menos aún dada la creciente vulnerabilidad habitacional en Madrid y los precios alcanzados por alquileres. Esto incumple los criterios establecidos por la Carta Social Europea.
- Las acciones para apoyar la inserción social y laboral son muy escasas y poco eficaces. En marzo de 2020 el 59,8% de las familias beneficiarias llevan más de cuatro años en esa situación.
Por otra parte, a partir de comienzos de 2017 la Comunidad de Madrid mantiene unas prácticas de gestión abiertamente restrictivas que han reducido considerablemente el número de unidades de convivencia que disponen de esa protección. En enero de 2017 se pagaron 30.598 rentas mínimas, mientras que en marzo de 2020 ya sólo se pagaron 21.994, pese a no haber cambios normativos y siendo la población necesitada mucho mayor que la beneficiaria de RMI.
La iniciativa social RMI TU DERECHO, a la vez que da su apoyo a los colectivos sociales que, como la MAREA BÁSICA, vienen trabajando por algún tipo de renta básica aplicable en toda España y acorde con los criterios de la Carta Social Europea, centra sus esfuerzos en la mejora de las practicas de gestión de la RMI así como en la mejora del reglamento y de la ley por la que se rige. Igualmente, intenta ser un lugar de encuentro y ayuda mutua en el que la experiencia acumulada pueda ser útil que se enfrentan a dificultades para solicitarla, conseguirla o conservarla.
Consideramos relevante resaltar que la RMI es una prestación muy feminizada:
- El 66% de las personas titulares de RMI son mujeres.
- El tipo familiar más frecuente entre las unidades de convivencia perceptoras es «Mujer con menores», que son el 18% del total de rentas mínimas.
- Son mujeres el 76% de las personas titulares de RMI en familias en las que hay menores