La declaración del estado de alarma ha situado en situación de mucha mayor vulnerabilidad a gran parte de las familias ya empobrecidas y precarizadas, y ha arrojado otras a esa situación. Muchas familias han perdido todas sus fuentes de ingresos.
Apoyamos la exigencia al Gobierno de España de una Renta de Cuarentena y simultáneamente requerimos a la Consejeria de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad de la Comunidad de Madrid un Plan de Emergencia en la gestión de la Renta Mínima de Inserción, de su exclusiva competencia.
- Suspensión provisional del descuento en la cuantía de la RMI de los pequeños ingresos obtenidos por otras vías, ya que en la actual situación se ha hecho imposible en muchos casos mantenerlos. No es razonable ni justo, por poner un ejemplo, descontar de la RMI una estimación de ingresos derivados de una actividad no reglada como la recogida y venta de chatarra, cuando se ha hecho imposible realizarla.
- Levantamiento provisional de todas las suspensiones cautelares del pago de la prestación. Las suspensiones cautelares son como la «prisión preventiva», un castigo por hechos aún no demostrados, en base a indicios por comprobar. Siendo eso ya injusto, mantener eso en un periodo en el que las familias tendrán muchas dificultades para recabar el apoyo de los servicios sociales o para obtener documentación en entidades cerradas al público es un claro abuso y la prolongación de una situación de castigo en base a suposiciones no confirmadas y muchas veces equivocadas.
- Revocación provisional de las extinciones de RMI producidas desde el 1 de enero de 2020, salvo que conste que, sin duda alguna, la familia afectada dispone de ingresos suficientes. Con muchas instituciones y entidades cerradas al público, para muchas familias será muy díficil conseguir la documentación necesaria para presentar un recurso. Por otra parte, es imposible también buscar empleos u otras fuentes de ingresos.
- Agilización de la concesión de RMI a las solicitudes pendientes de resolución inicial. En estas condiciones sociales y de desamparo de muchas familias la respuesta a las solicitudes de RMI pendientes no puede demorarse varios meses, como es habitual. Por otra parte, dadas las dificultades ya citadas para conseguir la documentación a entregar en los centros de servicios sociales o la adicional exigida por la Comunidad de Madrid, debe tenderse, salvo en casos de evidente incumplimiento de requisitos, a proceder a la concesión casi de oficio, dada la emergencia social, aunque posteriormente sean revisadas.
- Suspensión de la fiscalización previa de las rentas mínimas, que genera graves retrasos por razones meramente administrativas.